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Qué es la FRIA o evaluación de impacto en derechos fundamentales

También se dice evaluación de impacto relativa a los derechos fundamentales, evaluación de impacto en derechos fundamentales o fundamental rights impact assessment.

En dos frases

Evaluación que el Reglamento europeo de IA exige a ciertos responsables del despliegue antes de usar un sistema de alto riesgo: describe el uso, las personas afectadas, los riesgos para sus derechos y las medidas previstas.

Nivel
Decisión de dirección
Actualizado

Definición amplia

La FRIA (del inglés fundamental rights impact assessment) es la evaluación de impacto relativa a los derechos fundamentales que regula el artículo 27 del Reglamento de IA (Reglamento (UE) 2024/1689). La hace quien usa el sistema, el responsable del despliegue, y no quien lo fabrica, porque el impacto depende del contexto concreto en que se aplica.

Quién debe hacerla

Antes de desplegar un sistema de alto riesgo del anexo III, salvo los de infraestructuras críticas, están obligados:

  • Organismos de Derecho público.
  • Entidades privadas que prestan servicios públicos.
  • Quien use sistemas para evaluar la solvencia o la calificación crediticia de personas físicas, o para evaluar riesgos y fijar precios en seguros de vida y de salud (anexo III, punto 5, letras b y c).

Qué contiene

Una descripción de los procesos en que se usará el sistema, durante cuánto tiempo y con qué frecuencia; las categorías de personas afectadas; los riesgos concretos de perjuicio para ellas; las medidas de supervisión humana, y lo que se hará si los riesgos se materializan, incluidos la organización interna y los mecanismos de reclamación. Se hace antes del primer uso, se actualiza si algo cambia y sus resultados se notifican a la autoridad de vigilancia del mercado (artículo 27, apartados 1 a 3).

Relación con la EIPD

No es la evaluación de impacto en protección de datos (EIPD) del RGPD, aunque pueden coincidir en parte. Desde la reforma del Reglamento (UE) 2026/1744, si la EIPD ya cubre alguna de estas obligaciones, la FRIA puede remitir a sus secciones o incorporar sus partes, y la Oficina de IA debe preparar un modelo de cuestionario, también como herramienta automatizada, para simplificarla (artículo 27, apartados 4 y 5).

Como el resto de obligaciones de alto riesgo de los usos del anexo III, se aplicará a partir del 2 de diciembre de 2027 (artículo 113, en la redacción dada por el Reglamento (UE) 2026/1744).

Ejemplos de uso

  • Administración y finanzas

    En finanzas, la deben hacer las entidades que usan IA para evaluar la solvencia de personas físicas.

  • Comercial y ventas

    En la venta de seguros, la exige el uso de IA para fijar precios de seguros de vida o de salud a personas físicas.

  • Dirección y estrategia

    En dirección, obliga a decidir quién responde de la evaluación y cómo se atenderán las reclamaciones de las personas afectadas.

  • Atención al cliente

    En atención al cliente, debe describir los mecanismos de reclamación previstos para las personas afectadas si los riesgos se materializan.

Términos relacionados

Fuentes

Del término a aplicarlo en tu empresa.

Lo que explica este glosario se trabaja en los programas de Kynetik, área por área.

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